¿A LOS CUANTOS AÑOS NO HACE FALTA EL SILLON DE NIÑOS EN TU CARRO?

Una noche cuando salíamos de la clase de futbol, un compañero de mi hijo de 6 años, de su misma edad, que  lo vio subido en un asiento elevador, le dijo que ya su hermano (mayor) ni él usaban eso. En ese momento pensé que, a partir del 30 de octubre, cuando tuviera 7 años, se lo quitaría.

Varios días después ocurrió el accidente en Nueva York donde 3 dominicanas, abuela, hija y nieta, perdieron la vida tras su vehículo ser embestido por un conductor ebrio mientras iban camino a las Cataratas del Niagara. Luego la policía reveló que en el vehículo de 7 pasajeros viajaban 9, y sin cinturón.

De ahí que, además del dolor de la pérdida de sus familiares, el conductor del vehículo podría ser acusado por ambas violaciones. ¿Qué dice la ley dominicana sobre los asientos para niños?.

Artículo 69.- Los niños hasta la edad de doce (12) años serán transportados en los asientos traseros del vehículo, salvo en los casos en que se trate de vehículos tipo camioneta de una (1) cabina. Los niños hasta seis (6) años serán transportados en un asiento especial para infantes con posición de rostro hacia el frente y los mayores de seis (6) años y hasta los doce (12) años deberán utilizar un elevador que le permita utilizar de manera segura el cinturón de seguridad trasero. El INTRANT establecerá mediante reglamento las especificaciones de estos asientos según la edad, el peso y el tamaño del niño, conforme a las directrices establecidas al respecto por las normas de salud internacionalmente aceptadas.

Vamos a ver que traerá el reglamento sobre el tema, mientras creo que Yuri Paul, que no se queja, tendrá que esperar…

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